¿Cual es la responsabilidad legal del proveedor informatico? “Obligación de Resultados”

el Código Civil argentino reza que las convenciones hechas en los contratos forman para las partes una regla a la cual deben someterse como a la ley misma. Es decir, lo que las partes pacten libremente en un contrato será la ley que regulará el negocio entre ellas.

Las leyes y los contratos no siempre dicen lo que aparentemente dicen, sino lo que los jueces dicen que dicen. Es conveniente, entonces, conocer los estándares jurisprudenciales que se suelen aplicar a la hora de interpretar los contratos informáticos, en particular en lo que atañe a las responsabilidades que nacen en cabeza del proveedor de software y servicios informáticos.

Es opinión unánime entre los tribunales nacionales que la prestación de software y servicios informáticos califica dentro de lo que se conoce como “obligaciones de resultado”, con las consecuencias que esto entraña en materia de responsabilidades para el proveedor de estos bienes y servicios.

Recientemente se ha señalado que la licencia de uso de software, la compraventa de hardware, el servicio de instalación de una red de datos así como la prestación de servicios de soporte o mantenimiento constituyen típicas obligaciones de resultado para la empresa proveedora. La enumeración abarca todo el abanico de negocios referidos al sector TI: hardware, software y servicios informáticos.

Por su parte, el deudor sólo cumple su prestación si obtiene el resultado o fin al que se comprometió el proveedor, independientemente del esfuerzo, trabajo, diligencia, etc., que haya puesto para lograr su obtención.

¿A partir de qué momento una empresa proveedora de soluciones informáticas cumple con su obligación de entrega del producto o prestación del servicio? …

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